El impulso que necesitaba la factura electrónica se llama FACE
Esta semana pasa a ser noticia el Punto General de Entrada y Distribución de Facturas Electrónicas (FACE) de forma indirecta a través del convenio que han firmado Red.es y la Dirección General de Modernización Administrativa, Procedimientos e Impulso de la Administración Electrónica del Ministerio de Hacienda y Administraciones Públicas.
Este acuerdo, cuyo resumen de prensa puede consultarse aquí, se centra en impulsar que los proveedores de la Administración General del Estado (cita expresamente a las pymes) presenten facturas electrónicas a través de la plataforma FACE.
Esta noticia, totalmente normal y además necesaria para el impulso de la factura electrónica en nuestro país, puede contrastar con los artículos generados por numerosos autores sobre la relajación de las obligaciones de facturación electrónica reguladas mediante el Real Decreto 1619/2012, que sostienen que esta relajación de requisitos impulsaría a considerar factura electrónica casi cualquier formato.
En este mismo blog publicamos un artículo bajo el título “Modificaciones del RD 1619/2012 en materia de facturación, en comparativa con el RD 1496/2003” el pasado 13 de Diciembre en el que analizábamos el nuevo Real Decreto y sosteníamos que llamaba poderosamente la atención que se cite expresamente que el EDI y la firma electrónica avanzada dejan de ser obligatorias, aunque las reconoce como las únicas tecnologías válidas por defecto ya que cualquier otra opción requerirá la validación de la Agencia Tributaria.
Volviendo a la noticia comentada, Red.es invertirá 500.000 euros en promocionar el FACE entre los proveedores de la Administración General del Estado, con el claro objetivo de ahorrar millones de euros en la gestión y procesamiento de las facturas recibidas, pero al mismo tiempo generando un importante efecto impulsor en la integración de sistemas de facturación electrónica en las empresas. De hecho, prevé atender las necesidades y los problemas de los proveedores de la Administración Pública en la presentación de facturas electrónicas a través de un centro de atención a usuarios.
También es destacable que se haya planteado analizar cómo compatibilizar las plataformas de factura electrónica que existen actualmente en el sector privado con el FACE, incluso sería muy recomendable que hagan lo propio con las plataformas públicas y unifiquen formatos con las mismas como el conocido Ge-factura de la Generalitat Valencia.
Respecto de la plataforma FACE, ésta se configura como un punto de entrada único, no solamente para la Administración General del Estado, sino para otras administraciones que pueden utilizarla como pasarela de recepción de sus facturas electrónicas.
La información más completa sobre FACE se puede consultar en este enlace, donde se detallan aspectos tan interesantes como la opción de descargar una aplicación para la generación de facturas electrónicas.
Y para terminar dos reflexiones:
1.- Este impulso a la factura electrónica para Administraciones Públicas, en el marco de la más escrupulosa legalidad, requiere para su uso exacto el formato factura-e v.3.2.
2.- Y cómo afecta esta nueva acción de impulso a todas las empresas que en mayor o menor medida ofrecen servicios de facturación electrónica, pues todo impulso en este ámbito siempre será positivo, y por el volumen y alcance del mismo deberá contribuir a la extensión de la factura electrónica en nuestro país.
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