¿Qué es el Esquema Nacional de Seguridad – ENS? ¿Cuál es su ámbito de aplicación y sus objetivos?
El Real Decreto 3/2010, de 8 de enero (BOE de 29 de enero), por el que se regula el Esquema Nacional de Seguridad en el ámbito de la administración electrónica, regula el citado Esquema previsto en el artículo 42 de la Ley 11/2007, de 22 de junio, de Acceso Electrónico de los Ciudadanos a los Servicios Públicos (que reconoce que la necesaria generalización de la Sociedad de la Información es subsidiaria, en gran medida, de la confianza que genere en los ciudadanos la relación a través de medios electrónicos y se fija como objetivo el crear las condiciones de confianza necesarias en el uso de estos medios). Su objeto es establecer la política de seguridad en la utilización de medios electrónicos y está constituido por principios básicos y requisitos mínimos que permitan una protección adecuada de la información.
El citado RD fue elaborado después de un proceso coordinado por el Ministerio de la Presidencia con el apoyo del Centro Criptológico Nacional (CCN) en el que participaron todas las Administraciones Públicas, a través de los órganos colegiados con competencia en materia de administración electrónica (Comisión Permanente del Consejo Superior de Administración Electrónica, Conferencia Sectorial de Administración Pública, Comisión Nacional de Administración Local). También se sometió al previo informe de la Agencia Española de Protección de Datos y del Consejo de Estado. Se ha recibido además la opinión de numerosos expertos a través de las asociaciones profesionales del sector de la industria de tecnologías de la información y las comunicaciones.
El ámbito de aplicación del Esquema Nacional de Seguridad es el de las Administraciones Públicas, los ciudadanos en sus relaciones con las mismas y el de las relaciones entre ellas, según se establece en el artículo 2 de la Ley 11/2007. Estarán excluidos de su ámbito de aplicación los sistemas que tratan información clasificada regulada por Ley 9/1968 de 5 de abril, de Secretos Oficiales y sus normas de desarrollo de la Agencia Española de Protección de Datos y del Consejo de Estado.
El Esquema Nacional de Seguridad (ENS) persigue los siguientes objetivos:
- Crear las condiciones necesarias de confianza en el uso de los medios electrónicos, a través de medidas para garantizar la seguridad de la información y los servicios electrónicos, que permita a los ciudadanos y a las Administraciones Públicas, el ejercicio de derechos y el cumplimiento de deberes a través de estos medios.
- Establecer la política de seguridad en la utilización de medios electrónicos en el ámbito de la Ley 11/2007, que estará constituida por los principios básicos y los requisitos mínimos para una protección adecuada de la información.
- Introducir los elementos comunes que han de guiar la actuación de las Administraciones públicas en materia de seguridad de las tecnologías de la información.
- Aportar un lenguaje común para facilitar la interacción de las Administraciones públicas, así como la comunicación de los requisitos de seguridad de la información a la Industria.
- Aportar un tratamiento homogéneo de la seguridad que facilite la cooperación en la prestación de servicios de administración electrónica cuando participan diversas entidades.
- Facilitar un tratamiento continuado de la seguridad.
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